miércoles, 21 de septiembre de 2011

Uno de cada tres reclusos no tendría porque estar en prisión

Las 31 cárceles venezolanas tienen capacidad para poco más de 14 mil reos, pero ellas llegaron a albergar a casi 40 mil almas entre los años 2010 y 2011, poniendo así nuevamente sobre el tapete que el hacinamiento es uno de los principales problemas que aquejan al sistema penitenciario.
Sin embargo, este asunto podría ser menos grave hoy si en los últimos años los jueces hubieran aplicado correctamente el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), el cual, en su artículo 493, abre las puertas para que las personas condenadas a menos de cinco años de cárcel puedan cumplir su sentencia fuera de las rejas.
4.552 reos no deberían estar en la cárcel, si se ejecutara la norma antes citada, al menos según el Diagnóstico Sociodemográfico de la población penitenciaria, que elaboró el Consejo Superior Penitenciario, el cual reveló que 2.080 presos están en la prisión cumpliendo condenas por hasta tres años y 2.462 más por sentencias por hasta cinco años.
Esta situación fue calificada de "inexplicable" por el penalista Juan Carlos Gutiérrez, quien afirmó: "El COPP establece claramente que aquellos condenados hasta cinco años de cárcel no tienen por qué ir a una prisión, sino que pueden cumplir esa sanción en libertad, a menos que tengan otra causa abierta o las autoridades, después de algunos exámenes, determinen que es peligroso. Sin embargo, la no aplicación de esta norma ha contribuido al hacinamiento".
En similares términos se pronunció el también penalista José Luis Tamayo, quien achacó esta situación al miedo que tienen los jueces a perder sus puestos.
"La inestabilidad que tienen los jueces, la mayoría de los cuales pueden ser removidos por el Tribunal Supremo de Justicia en cualquier momento, ha hecho que ellos se hayan vuelto más inquisitivos y que hayan optado por desatender el principio de inocencia y el derecho a ser juzgado en libertad", afirmó, al tiempo que agregó: "En Venezuela no tenemos ningún caso de un juez destituido por condenar a alguien o enviarlo a la cárcel injustamente, pero tenemos centenares de casos de jueces sancionados por haber liberado a personas o por no haberlas condenado".
Cambio de postura
A raíz del motín registrado en las cárceles mirandinas de El Rodeo I y II, tanto el TSJ como el Ministerio Público optaron por cambiar su posición y acordaron que toda persona procesada o condenada por delitos castigados con penas menores de cinco años se les permitirá esperar el inicio del juicio o cumplir su pena en la calle.
Este viraje ha permitido que unos dos mil reos hayan sido excarcelados entre mediados de junio y principios de agosto, según cifras suministradas por el máximo juzgado.
Este cambio de actitud fue cuestionado por el exdecano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, Alberto Arteaga Sánchez, quien lamentó que las autoridades hayan aplicado incorrectamente el COPP durante años, contribuyendo al hacinamiento carcelario; y que solo hayan decidido dar marcha atrás a raíz de una protesta de los reclusos.
"La solución a la crisis carcelaria no puede pasar por liberar indiscriminadamente presos. La solución está en transformar las cárceles para que dejen de ser los antros que son en la actualidad", afirmó.
A LA ESPERA DE LA AUDIENCIA
El estudio elaborado por el Consejo Superior Penitenciario confirmó lo que era algo harto conocido: La mayoría de los presos, específicamente seis de cada diez, no han sido enjuiciados.
Asimismo el Diagnóstico Sociodemográfico de la población penitenciaria al sondear sobre la situación jurídica en la que se encuentran esos reos se encontró con lo siguiente: El 58,75% (14.038) están a la espera de que se realice la audiencia preliminar, el acto donde el juez de Control debe decidir si pasa a juicio al imputado.
Por su parte, el 28,89% (6.904) están a la espera de que se inicie el juicio oral y público, donde el acusado, el Ministerio Público y las víctimas deberán exponer sus argumentos.
Y, por último, el 8,68% (2.075) se encuentra actualmente en el juicio o están a la espera de que el juez dicte la sentencia.
Las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) prevén que los debates orales y públicos no deberían demorar más de dos años.
Sin embargo, la incomparecencia de los jueces, fiscales, de los acusados y de la defensa son las principales causas de las demoras de los procesos.
JUAN FRANCISCO ALONSO |  EL UNIVERSAL jalonso@eluniversal.com
miércoles 21 de septiembre de 2011  12:00 AM
http://www.eluniversal.com/2011/09/21/uno-de-cada-tres-reclusos-no-tendria-porque-estar-en-prision.shtml 

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