viernes, 23 de septiembre de 2011

Estado dejó de acatar seis sentencias y 17 cautelares dictadas por Corte-IDH

Entre 2008 y 2009 el Estado venezolano desacató 6 sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), señalaron las ONG's del país en los informes que presentaron al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en ocasión del Examen Periódico Universal (EPU).

En la clasificación "Obligaciones internacionales en derechos humanos", que ofrece el resumen N° 5 presentado por la coalición Foro Por la Vida, igualmente se refleja que la CIDH también ha dictado 17 medidas cautelares, pero "el Estado no ha acatado la mayoría", según destacó el Centro de DDHH de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) en su informe.
"En 3 informes de supervisión de sentencias, la Corte-IDH ha hecho notar que el Estado no acata las decisiones", señala el documento.
Entre estas, se cuenta la que tiene relación con el caso de la jueza María Lourdes Afiuni, privada de libertad desde diciembre de 2009, luego de hacer cumplir una resolución del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias por el caso de Eligio Cedeño.
Aumento de 90% en violaciones
Por otro lado, la apreciación presentada a la ONU por las ONG's venezolanas señala en su aparte "Defensores y organizaciones de derechos humanos", que en el año 2010 se evidenciaron 21 casos de violaciones contra defensores y organizaciones de DDHH. Esto representa un 91% de aumento respecto a 2009.
El informe del Foro por la Vida refleja un conteo de 11 acciones de desprestigio, 5 detenciones arbitrarias, 4 amenazas de inicio de procesos judiciales, 3 acciones judiciales iniciadas, 2 agresiones, 3 casos de amedrentamiento, 2 limitaciones del derecho a la asociación, 1 caso de tortura y 1 caso de ejecución extrajudicial, acciones que se habrían tipificado en esos 21 casos de violaciones.
Cerco gubernamental
En referencia a las violaciones a los derechos a la libre asociación y participación pública cometidas por el Estado venezolano, las ONG's denunciaron la creación de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y la Ley Orgánica del Poder Popular, como instrumentos dirigidos a limitar y criminalizar la actividad de las organizaciones pro DDHH.
Esto se configura cuando las OPP (organizaciones del Poder Popular) son consideradas las "únicas detentadoras de la soberanía originaria del Estado", y deben registrarse ante el Ejecutivo para ser reconocida su participación en la planificación de políticas públicas, consultas legislativas, contraloría social, ordenación y gestión del territorio, y gestión de bienes y servicios públicos.
Así lo señalaron Sinergia, Foro Por la Vida, profesores de la UCV y la Fundación Agua Clara.
Partiendo de esta concepción legislativa, "entre 2009 y 2010 los órganos públicos ordenaron medidas de suspensión de subsidios, toma forzada de sedes, desalojos y expropiaciones arbitrarias, negación de información pública, exclusión de espacios de decisión pública, censura y averiguación administrativa, en contra de organizaciones civiles por sus actividades en defensa de DDHH", denunciaron.
María Alessandra Matute

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